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Aprehensión policial en Panamá. El artículo 21 de nuestra Constitución se quedó corto al enunciar la serie de formas para aprehender, o como lo denomina la norma 'privado de su libertad', pero el resultado es el mismo, si con ello le impiden el libre tránsito y los derechos ciudadanos. Para este artículo un policía o la Policía
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